Audiencia pública en febrero en Salta a partir de la cual la Justicia decidió suspender los desmontes y tala indiscriminada. Foto: Fundación Proteger
A pedido de 18 comunidades indígenas y familias de campesinos de la provincia de Salta, Argentina, (
Fundapaz), la Corte Suprema de Justicia de la Nación emitió un fallo que exige al gobierno salteño suspender la tala de árboles nativos y desmontes que autorizó en 2007, y realizar en el plazo de 90 días junto a la Secretaría de Ambiente del país un informe que especifique el impacto ambiental acumulativo de la deforestación sobre el ambiente, sobre la calidad de vida de los seres humanos, el paisaje y el clima.
Los departamentos en que habitan los demandantes son Santa Victoria, Orán, San Martín y Rivadavia. Con resultados en mano, la Corte reevaluaría cómo proseguir. Estos hechos se suscitaron nada más y nada menos que en Salta, provincia de la cual forma parte la ciudad de Tartagal en la que en febrero pasado un alud destruyó viviendas y afectó a unas 10 mil personas. Aunque fue negado por múltiples voces, no se sabe con certeza si acaso la deforestación tuvo alguna influencia en el desastre que se produjo.
El 29 de diciembre de 2008 la Corte había suspendido provisoriamente la tala y desmontes de unas 807 mil hectáreas hasta que se hiciera una audiencia pública en la que las comunidades afectadas, el gobierno provincial y el Estado nacional expusieran cada cual sus argumentos. Esto se llevó a cabo el 18 de febrero pasado: hubo duras denuncias de los delegados indígenas y criollos por los 191 pedidos de desmontes que el gobierno salteño habría autorizado apenas unos días antes de la aprobación de la
Ley de Bosques (
Fundapaz).
Algunos se preguntarán cómo es posible que la Justicia tome esta decisión sin pruebas seguras de lo que causa en esas tierras la deforestación. Resulta que en la
Ley General de Medio Ambiente está contemplado un principio precautorio formulado en el
Convenio Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático, que se traduce como “la obligación de suspender o cancelar actividades que amenacen el medio ambiente pese a que no existan pruebas científicas suficientes que vinculen tales actividades con el deterioro de aquél”.
Según declaró ante
Página 12 el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, “es la primera vez en la Argentina que se aplica el principio precautorio". Esto no debe sonar extraño en un país como Argentina en el que los habitantes están acostumbrados más que nada a la aplicación de políticas de emergencia.
Sin embargo, si bien no puede saberse con certeza qué influencia tuvo la terrible tragedia ocurrida en Salta en la decisión de la Justica, la inauguración de la aplicación del principio precautorio en el país conforma al menos un hito que debería ser apreciado, tenido en cuenta y adaptado para la mayor cantidad de leyes posible.
Vía
Página 12 y
Fundación Proteger