Voluntarios de Greenpeace durante una manifestación (archivo). Foto: Greenpeace Puebla
De nada sirve tener autoridades, comisiones y leyes ambientales mientras no exista la justicia ambiental para sancionar a los responsables que atentan contra la salud y el medio ambiente. Es como tener planes de reforestación de zonas dañadas mientras siguen existiendo aquellos que talan árboles de manera clandestina.
Existe una cierta pasividad política para enfrentar los problemas, y junto con la ausencia de justicia ambiental, no hay mucho que celebrar sobre las políticas ambientales. Sucede todo lo contrario: la falta de justicia ha hecho que las comunidades se tengan que organizar para preservar lo que las autoridades no han sido capaces de proteger.
Tales son los casos de las comunidades de Apaxco y Atotonilco de Tula, que se vieron obligadas a, como se dice coloquialmente, tomar el toro por los cuernos y cerrar Ecoltec, la empresa que estaba afectando la salud pública de la región, y el caso de la Minera San Xavier, donde la comunidad ha ganado todas las instancias jurídicas para evitar la minería a cielo abierto. Sin embargo, esta última empresa continúa arrasando con el cerro de San Pedro y contaminando las aguas de la región.
Casos como estos hay en todo el país, y es por eso que Greenpeace demanda una ley de responsabilidad ambiental que incluya los siguientes principios básicos (sólo se mencionan algunos):
-Quien contamina, paga. Prevención y reparación de daños como pilar de los procesos productivos.
-Principio de precaución. Cuando haya peligro de daños irreversibles se deben de tomar medidas para impedir la degradación del medio ambiente, aunque no haya certeza científica.
-Definición de daño. Debe de incluir pérdida, deterioro, menoscabo, afectación o modificación adversa de hábitats y ecosistemas y el impacto negativo en la salud humana.
-Sobre el interés legítimo. El medio ambiente debe y puede ser protegido por cualquier persona, por ello es importante que se les reconozca su interés jurídico.
-Cosa juzgada. Las sentencias que absuelvan al demandado no deberán ser consideradas como cosa juzgada por el resto de la sociedad. Es importante que varias personas, comunidades u organizaciones puedan demandar sobre el mismo daño y que no se considere cosa juzgada.
-Acción colectiva. Generar un sistema que permita que más personas puedan demandar cuando el daño al entorno sea de interés social.
Si se considera esto como un bosquejo de lo que tiene que suceder en el país, está bien, pero sin duda se tienen que pulir los puntos y analizarlos e incluso replantearlos. Por ejemplo, en primera instancia el Principio de Precaución suena bien. Pero se debe de considerar la certeza científica para tomar decisiones. No se puede dejar el desarrollo a un lado sólo porque “parece” que aquello daña al medio ambiente, sin poder corroborarlo.
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